
Honduras. www.loschuñas.com Unas de las reformas aprobadas a artículos del nuevo Código Penal, Código Procesal Penal y de la Ley de Lavados de Activos quedó contemplado que aquellos hondureños que incurran en delitos de usurpación y tomas de carreteras serán encarcelados entre cuatro y seis años.
El artículo 378 de la normativa penal estable que aquellos que desarrollen cualquiera de estas acciones serán penalizados: Quien ocupa o se apodere de todo o parte de un inmueble, interrumpa la posesión, derecho propiedad privada u otro derecho real sobre todo o parte de un inmueble y destruya o altere linderos del mismo, o sea el delito de usurpación, será sancionado con reclusión de cuatro a seis años.
Quien con violencia en las personas o sobre las cosas, amenazas, engaño, de forma oculta, clandestina, mediando aviso de confianza ocupa total o parcialmente un inmueble en perjuicio de quien ejerce sobre el mismo el derecho de propiedad, posesión y otro derecho real.
Ademas seran penadas con seis años de carcel todo aquel hondureño que realice tomas de carreteras.
